Artículo 72. Consecuencias del incumplimiento de las prohibiciones.
Vigente a fecha 2026-08-20
Aplicable en España — Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres LOI (BOE-A-2007-6115).
1. Sin perjuicio de otras acciones y derechos contemplados en la legislación civil y mercantil, la persona que, en el ámbito de aplicación del artículo 69, sufra una conducta discriminatoria, tendrá derecho a indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
2. En el ámbito de los contratos de seguros o de servicios financieros afines, y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 10 de esta Ley, el incumplimiento de la prohibición contenida en el artículo 71 otorgará al contratante perjudicado el derecho a reclamar la asimilación de sus primas y prestaciones a las del sexo más beneficiado, manteniéndose en los restantes extremos la validez y eficacia del contrato.
Qué regula
Fija las consecuencias civiles de una discriminación en el acceso a bienes y servicios: derecho general a indemnización por daños y perjuicios, y, específicamente en seguros y productos financieros, derecho del contratante perjudicado a que sus primas y prestaciones se asimilen a las del sexo más beneficiado, conservando el resto del contrato su validez.
Cómo se aplica en la práctica
El apartado 2 es el mecanismo práctico frente a un seguro que hubiera aplicado factores actuariales por sexo prohibidos por el art. 71: el asegurado no necesita anular el contrato, puede exigir directamente la equiparación de su prima o prestación a la del sexo con condiciones más favorables, manteniéndose vigente el resto del contrato.
Errores frecuentes
Creer que la única vía frente a una discriminación en seguros es solicitar la nulidad del contrato conforme al art. 10: el apartado 2 de este artículo prevé específicamente una vía menos gravosa (asimilación de condiciones) que conserva el contrato en vigor.
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.