Repercusión del impuesto

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 25-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El deber del sujeto pasivo del IVA de trasladar íntegramente la cuota al destinatario de la operación mediante factura

Resumen rápido: La repercusión del impuesto es el deber del sujeto pasivo del IVA de trasladar íntegramente el importe del impuesto a aquel para quien realiza la operación gravada, que queda obligado a soportarlo siempre que la repercusión se ajuste a la ley, cualesquiera que fueran las estipulaciones entre ellos. La regula el artículo 88 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Definición flash: La repercusión del impuesto obliga al sujeto pasivo del IVA a trasladar la cuota íntegra al destinatario mediante factura; caduca al año del devengo.

Etiqueta lingüística

«Repercutir» expresa el mecanismo económico del IVA: el impuesto lo ingresa el empresario o profesional, pero lo soporta el destinatario de la operación. Quien repercute no asume el coste, lo traslada; por eso se dice que el IVA es neutral para el sujeto pasivo y grava al consumo final.

Definición técnica

El artículo 88 de la Ley del IVA impone la repercusión íntegra de la cuota sobre el destinatario y regula su ejercicio: debe efectuarse mediante factura, consignando la cuota separadamente de la base imponible e indicando el tipo aplicado, y al tiempo de expedir y entregar la factura. El derecho a la repercusión se pierde cuando ha transcurrido un año desde la fecha del devengo. El destinatario no está obligado a soportar la repercusión con anterioridad al momento del devengo, y las controversias sobre su procedencia o cuantía se consideran de naturaleza tributaria, resolubles en la vía económico-administrativa. En las propuestas económicas a entes públicos se entiende siempre incluido el IVA, que se repercute después como partida independiente sin que el importe global contratado experimente incremento.

Aplicación práctica

El plazo de un año es la trampa práctica: si el sujeto pasivo factura tarde y repercute fuera del año desde el devengo, el cliente puede negarse legítimamente a soportar la cuota, y el empresario tendrá que ingresarla igualmente a Hacienda sin recuperarla. Facturar en plazo no es solo una obligación formal: protege el derecho a cobrar el impuesto del destinatario.

Qué no es / diferencias clave

[[repercusion-de-gastos-al-arrendatario|Repercusión de gastos al arrendatario]]
La REPERCUSIÓN DE GASTOS AL ARRENDATARIO es un traslado contractual de costes del arrendamiento pactado entre las partes. La REPERCUSIÓN DEL IMPUESTO es un deber tributario impuesto por la Ley del IVA al sujeto pasivo, indisponible para las partes: el destinatario debe soportarla aunque el contrato diga otra cosa, si se ajusta a la ley.

Términos relacionados

Dato de autoridad

La pérdida del derecho a repercutir al año del devengo no libera al sujeto pasivo de su obligación frente a Hacienda: la cuota se debe ingresar aunque ya no pueda trasladarse al cliente. El coste de la factura tardía lo asume íntegramente quien debió repercutir a tiempo.

Preguntas frecuentes sobre repercusión del impuesto

¿Cómo debe efectuarse la repercusión del IVA?

Mediante factura, consignando la cuota separadamente de la base imponible e indicando el tipo impositivo aplicado, al tiempo de expedir y entregar la factura, conforme al artículo 88 de la Ley del IVA.

¿Qué pasa si se factura el IVA más de un año después del devengo?

El sujeto pasivo pierde el derecho a repercutir la cuota al destinatario, que puede negarse a soportarla; la obligación de ingresarla a Hacienda, en cambio, subsiste.

¿Puede pactarse no repercutir el IVA?

No. Es un deber tributario impuesto al sujeto pasivo e indisponible para las partes: el destinatario debe soportar la repercusión siempre que se ajuste a la ley, cualesquiera que fueran las estipulaciones existentes entre ellos.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Repercusión del impuesto. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/repercusion-del-impuesto/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 25-ago-2026.

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