La vulneración del derecho moral del autor a exigir el respeto de su obra frente a deformaciones o modificaciones que perjudiquen sus intereses legítimos o su reputación
Resumen rápido: El atentado a la integridad de la obra es la vulneración del derecho moral que la Ley de Propiedad Intelectual reconoce al autor a exigir el respeto a la integridad de su obra e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación.
Definición flash: Vulnera el derecho moral del autor a impedir deformaciones de su obra que perjudiquen sus intereses o su reputación.
Etiqueta lingüística
La Ley de Propiedad Intelectual distingue el derecho moral del autor -irrenunciable e inalienable- de los derechos de explotación, que sí pueden cederse o transmitirse; el derecho a la integridad de la obra es uno de los contenidos clásicos del derecho moral, junto con el derecho de divulgación, el de paternidad y el de retirada de la obra del comercio.
Definición técnica
El artículo 14.4º del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, reconoce al autor el derecho a "exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación". Este derecho se enmarca dentro del contenido del derecho moral regulado en el artículo 14, que incluye también, entre otros, el derecho a decidir la divulgación de la obra, a exigir el reconocimiento de la condición de autor, y a modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros. La ley precisa además, respecto de las obras que han pasado al dominio público tras la extinción de los derechos de explotación, que pueden ser utilizadas por cualquiera siempre que se respete la autoría y la integridad de la obra, en los términos de los apartados 3º y 4º del propio artículo 14 -confirmando que el derecho a la integridad sobrevive incluso a la extinción de los derechos económicos.
Aplicación práctica
En la práctica, este derecho se invoca típicamente frente a alteraciones no autorizadas de una obra -cortes editoriales que desvirtúan su sentido, modificaciones de una obra plástica o arquitectónica, adaptaciones que distorsionan gravemente la intención original del autor- que perjudican los intereses legítimos o la reputación del autor, más allá de la mera discrepancia estética. Al ser un derecho moral, no se extingue por la cesión de los derechos de explotación: quien adquiere los derechos económicos sobre una obra no adquiere, por ello, la facultad de deformarla libremente, y el autor conserva la posibilidad de oponerse a modificaciones que atenten contra la integridad de su creación.
Contexto legal en España
El derecho se regula en el artículo 14.4º del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril).
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Derechos de explotación (patrimoniales)
- Los derechos de explotación -reproducción, distribución, comunicación pública, transformación- son transmisibles y de contenido económico; el derecho a la integridad de la obra es un derecho moral, irrenunciable e inalienable, que el autor conserva aunque haya cedido los derechos económicos.
- Derecho de transformación
- El derecho de transformación es un derecho de explotación que permite adaptar, traducir o modificar la obra con autorización del titular; el atentado a la integridad de la obra se produce cuando esa modificación, autorizada o no, perjudica los legítimos intereses o la reputación del autor.
Términos relacionados
Dato de autoridad
La Ley de Propiedad Intelectual extiende la protección de la integridad de la obra incluso más allá de la extinción de los derechos de explotación económica: una vez la obra pasa al dominio público, puede ser utilizada por cualquiera, pero solo si se respeta su autoría y su integridad, según remite expresamente el propio artículo 14.
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Preguntas frecuentes sobre atentado a la integridad de la obra
¿Qué es el atentado a la integridad de la obra?
La vulneración del derecho moral del autor a exigir el respeto de su obra frente a deformaciones, modificaciones o alteraciones que perjudiquen sus legítimos intereses o su reputación, según el artículo 14.4º de la Ley de Propiedad Intelectual.
¿Puede el autor oponerse a modificaciones de su obra aunque haya cedido los derechos de explotación?
Sí. El derecho a la integridad de la obra es un derecho moral, irrenunciable e inalienable, que subsiste con independencia de la cesión de los derechos económicos de explotación.
¿Se protege la integridad de una obra que ya está en dominio público?
Sí. La Ley de Propiedad Intelectual permite el uso de las obras en dominio público siempre que se respete su autoría e integridad, según remite el propio artículo 14.
Autoría y revisión editorial
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