Denominación hispanoamericana de la entrada y registro domiciliario
Resumen rápido: El cateo es la denominación empleada en México y otros países hispanoamericanos para la diligencia de entrada y registro en un domicilio particular practicada por la autoridad, figura que en el ordenamiento español equivale a la entrada y registro domiciliario regulada como garantía del derecho a la inviolabilidad del domicilio.
Definición flash: Cateo es como se llama en México a lo que en España es «entrada y registro» en un domicilio.
Etiqueta lingüística
Del verbo «catear» (del náhuatl a través del español mexicano, «buscar, explorar»), voz de uso predominante en el español de México, sin uso equivalente en la terminología jurídica española.
Definición técnica
En España, el art. 18.2 CE consagra la inviolabilidad del domicilio, permitiendo la entrada o registro solo con consentimiento del titular, resolución judicial, o en caso de flagrante delito. El desarrollo procesal se encuentra en los arts. 545 y siguientes LECrim, que exigen auto motivado del juez de instrucción salvo los supuestos de flagrancia. La institución mexicana del cateo, regulada en el art. 16 de la Constitución mexicana, exige de forma análoga una orden judicial escrita que exprese el lugar a inspeccionar, la persona u objeto buscado y las diligencias a practicar, con una lógica de garantía constitucional equivalente a la española aunque con desarrollo normativo propio.
Aplicación práctica
Al asesorar a clientes con intereses o antecedentes en México conviene aclarar que «cateo» y «entrada y registro» son la misma garantía procesal bajo nombres distintos, evitando la confusión de tratarlos como instituciones diferentes cuando cumplen idéntica función constitucional de protección del domicilio.
Contexto legal en España
Constitución Española, art. 18.2 (inviolabilidad del domicilio); Ley de Enjuiciamiento Criminal, arts. 545 y ss. (entrada y registro).
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Registro corporal
- El cateo o entrada y registro afecta al domicilio como espacio físico protegido; el registro corporal afecta a la persona misma, es una diligencia distinta con presupuestos y garantías propias, aunque ambos comparten la exigencia general de habilitación legal y proporcionalidad.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El art. 18.2 CE exige, salvo consentimiento del titular o flagrante delito, resolución judicial motivada para entrar en un domicilio, garantía sustancialmente equivalente a la que exige el art. 16 de la Constitución mexicana para el cateo.
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Preguntas frecuentes sobre cateo
¿Es lo mismo un cateo mexicano que un allanamiento de morada español?
No: el allanamiento de morada es el delito de entrar en un domicilio ajeno sin autorización; el cateo (como la entrada y registro española) es precisamente la diligencia legal y autorizada que, cumpliendo los requisitos constitucionales, permite a la autoridad entrar lícitamente en un domicilio.
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