Derecho hereditario

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 17-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

La parte del Derecho civil que regula qué pasa con el patrimonio de una persona tras su fallecimiento

Resumen rápido: El Derecho hereditario -o Derecho de sucesiones- es la parte del Derecho civil que regula el destino de las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de una persona tras su fallecimiento. Determina quiénes son los llamados a suceder, el orden de prelación en las herencias abintestato -sin testamento- y los límites de la libertad de testar a través de la institución de la legítima.

Definición flash: Rama del Derecho civil que regula la transmisión de bienes, derechos y obligaciones de una persona tras su fallecimiento.

Etiqueta lingüística

«Derecho hereditario» y «Derecho de sucesiones» son sinónimos de uso corriente e intercambiable en la práctica jurídica española; ambos designan la misma rama del Derecho civil. No debe confundirse con «herencia» -que es el objeto, el conjunto concreto de bienes y deudas que se transmite en un caso concreto- ni con «sucesión» -que es el propio proceso de transmisión-: el Derecho hereditario es el conjunto de normas que regula ambas cosas.

Definición técnica

El artículo 657 del Código Civil establece que los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte. El artículo 658 distingue las dos formas en que puede deferirse la sucesión: por voluntad del testador manifestada en testamento -sucesión testamentaria-, o, a falta de este, por disposición de la ley -sucesión legítima o abintestato-, pudiendo también deferirse en parte por cada una de esas dos vías. El artículo 659 define la herencia como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte, y el artículo 660 distingue al heredero -quien sucede a título universal, en todo o en una cuota del patrimonio- del legatario -quien sucede a título particular, en bienes concretos-. La libertad del testador para disponer de sus bienes no es absoluta: el artículo 806 reserva a determinados herederos forzosos una porción de la herencia -la legítima- de la que el testador no puede disponer libremente.

Aplicación práctica

En la práctica, el Derecho hereditario se aplica tras el fallecimiento mediante un conjunto de trámites sucesivos: la apertura de la sucesión, la aceptación o repudiación de la herencia por los llamados a suceder, el inventario de los bienes, y finalmente la partición, que reparte el caudal hereditario entre los herederos y legatarios. Cuando existen herederos forzosos -hijos, y en su defecto ascendientes, y el cónyuge viudo en la medida que corresponda-, la partición debe respetar la legítima que la ley les reserva, lo que en la práctica es una de las causas más frecuentes de litigio sucesorio: un testamento que perjudique la legítima de un heredero forzoso puede ser impugnado y reducido en la parte que exceda de lo que el testador podía disponer libremente.

Qué no es / diferencias clave

Herencia
El Derecho hereditario es el conjunto de normas que regula la sucesión. La herencia es el objeto de esas normas: el conjunto concreto de bienes, derechos y obligaciones que se transmite en un caso particular.
Legítima
El Derecho hereditario es la rama jurídica completa que regula toda la sucesión. La legítima es solo una de sus instituciones: la porción de la herencia reservada por ley a determinados herederos, que limita la libertad de testar.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 659 del Código Civil define la herencia como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extinguen con su fallecimiento; el artículo 806 reserva a los herederos forzosos la legítima, la porción de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente.

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Preguntas frecuentes sobre derecho hereditario

¿Qué es el Derecho hereditario?

Es la parte del Derecho civil que regula la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones de una persona tras su fallecimiento, incluyendo quiénes suceden, en qué orden y con qué límites, conforme a los artículos 657 y siguientes del Código Civil.

¿Cuáles son las dos formas de deferirse una sucesión?

Por testamento -sucesión testamentaria- o, a falta de este, por disposición de la ley -sucesión legítima o abintestato-, conforme al artículo 658 del Código Civil.

¿Puede el testador disponer libremente de toda su herencia?

No siempre: si existen herederos forzosos, el artículo 806 del Código Civil reserva a su favor la legítima, una porción de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Derecho hereditario. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/derecho-hereditario/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 17-ago-2026.

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