Efecto de un recurso por el que el asunto pasa a conocimiento de un tribunal superior
Resumen rápido: El efecto devolutivo de un recurso es aquel por el que el conocimiento del asunto se traslada a un tribunal superior, que revisa lo resuelto en la instancia anterior. Lo regula, para la apelación civil, el artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: mediante el recurso puede pedirse que el tribunal superior revoque la resolución recurrida y dicte otra en su lugar, tras un nuevo examen de las actuaciones.
Definición flash: El efecto devolutivo de un recurso traslada el conocimiento del asunto a un tribunal superior, que revisa lo resuelto (art. 456 LEC).
Etiqueta lingüística
"Devolutivo" viene de "devolver": el asunto se "devuelve" en el sentido de trasladarse al tribunal superior para que examine de nuevo lo ya resuelto por el inferior, no en el sentido de restituir algo a su titular.
Definición técnica
El efecto devolutivo es independiente del efecto suspensivo, con el que suele combinarse pero no coincide: el devolutivo traslada el conocimiento del asunto al órgano superior; el suspensivo, en cambio, paraliza la ejecutividad de la resolución recurrida hasta que se resuelva el recurso. El artículo 456 de la LEC regula el ámbito del recurso de apelación como devolutivo por definición -pasa a un tribunal superior-, mientras que la ley determina caso por caso si además produce efecto suspensivo (la regla general en apelación civil es que no lo produce, salvo excepciones tasadas).
Aplicación práctica
Es habitual hablar de un recurso "admitido en un solo efecto" o "en ambos efectos": admitido en el efecto devolutivo (se traslada el asunto al superior) pero no en el suspensivo significa que la resolución recurrida sigue siendo ejecutable mientras se resuelve el recurso, salvo que se solicite y obtenga la suspensión cautelar de la ejecución.
Contexto legal en España
La Ley de Enjuiciamiento Civil regula el ámbito y los efectos del recurso de apelación en el Libro II, Título IV, Capítulo II, artículo 456.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Efecto devolutivo y efecto suspensivo
- El efecto devolutivo traslada el conocimiento del asunto a un tribunal superior; el efecto suspensivo paraliza la ejecutividad de la resolución recurrida. Un recurso puede tener el primero sin el segundo, como ocurre con la regla general de la apelación civil.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que, en virtud del recurso de apelación, podrá perseguirse «que se revoque un auto o sentencia y que, en su lugar, se dicte otro u otra favorable al recurrente, mediante nuevo examen de las actuaciones».
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Preguntas frecuentes sobre devolutivo
¿Qué es el efecto devolutivo de un recurso?
El efecto por el que el conocimiento del asunto se traslada a un tribunal superior para que lo revise, regulado en el artículo 456 de la LEC para la apelación civil.
¿Es lo mismo efecto devolutivo que efecto suspensivo?
No: el devolutivo traslada el asunto al tribunal superior; el suspensivo paraliza la ejecución de lo recurrido. Pueden darse juntos o por separado.
¿La apelación civil suspende la ejecución de la sentencia recurrida?
Como regla general, no: la apelación civil tiene efecto devolutivo pero no suspensivo, salvo excepciones legalmente previstas.
Autoría y revisión editorial
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