Artículo 4. Hecho imponible.
Vigente a fecha 2026-08-23
Aplicable en España — Ley del Impuesto sobre Sociedades IS (BOE-A-2014-12328).Citado en 1 página del portal
1. Constituirá el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente, cualquiera que fuese su fuente u origen.
2. En el régimen especial de agrupaciones de interés económico, españolas y europeas, y de uniones temporales de empresas, se entenderá por obtención de renta la imputación al contribuyente de las bases imponibles, gastos o demás partidas, de las entidades sometidas a dicho régimen.
En el régimen de transparencia fiscal internacional se entenderá por obtención de renta la imputación en la base imponible de las rentas positivas obtenidas por la entidad no residente.
Qué regula
Define el hecho imponible del Impuesto sobre Sociedades como la obtención de renta, sin distinguir fuentes ni orígenes (a diferencia del IRPF, que sí clasifica la renta por categorías), y extiende ese concepto a supuestos de imputación de rentas de terceros: agrupaciones de interés económico, uniones temporales de empresas, y transparencia fiscal internacional.
Cómo se aplica en la práctica
A diferencia del IRPF, en el Impuesto sobre Sociedades toda la renta obtenida por la entidad, cualquiera que sea su origen, se integra en una única base imponible sujeta al mismo tipo de gravamen general, sin la distinción entre renta general y renta del ahorro propia del impuesto de las personas físicas.
Errores frecuentes
Confundir el hecho imponible "puro" (obtención de renta propia) con la imputación de renta ajena del apartado 2: en el régimen de transparencia fiscal internacional, la sociedad tributa por rentas que en realidad ha obtenido otra entidad (normalmente no residente), imputadas a la primera por razones antielusión.
Revisado por Eugenia de Araujo González.
Términos del diccionario que lo citan
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.