Artículo 285. Resolución sobre la admisibilidad de las pruebas propuestas.
Vigente a fecha 2026-08-20
Última reforma: 7 de octubre de 2015
Aplicable en España — Ley de Enjuiciamiento Civil LEC (BOE-A-2000-323).
1. El tribunal resolverá sobre la admisión de cada una de las pruebas que hayan sido propuestas.
2. Contra la resolución que admita o inadmita cada una de las pruebas sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto, y, si se desestimare, la parte podrá formular protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia.
Este artículo ha tenido 2 redacciones desde su publicación y el texto de arriba es el vigente desde el 7 de octubre de 2015. Si has leído otra versión —en un blog, en un modelo antiguo o en una sentencia— aquí puedes ver desde cuándo dejó de aplicarse.
- 7 de octubre de 2015Ley 42/2015, de 5 de octubre (se abre en una pestaña nueva)Vigente
- 8 de enero de 2001Redacción original de la norma
Historial extraído del texto consolidado del BOE (BOE-A-2000-323); cada fecha es la de entrada en vigor de esa redacción, no la de publicación de la norma que la dio.
Qué regula
El tribunal resuelve sobre la admisión de cada prueba propuesta; contra esa resolución (admita o inadmita) solo cabe recurso de reposición, sustanciado y resuelto en el mismo acto, y si se desestima, la parte puede formular protesta para hacer valer sus derechos en segunda instancia.
Cómo se aplica en la práctica
Establece el único remedio inmediato frente a la inadmisión de una prueba (reposición en el acto) y el mecanismo para no perder la posibilidad de reclamarla después, en apelación, mediante la protesta formal.
Errores frecuentes
No formular expresamente la protesta tras la desestimación de la reposición contra la inadmisión de una prueba, lo que puede impedir alegar después en apelación la indefensión causada por esa inadmisión.
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.