Infracción administrativa: significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Infracción administrativa

Vulneración del ordenamiento jurídico tipificada como tal por una ley, sancionable por la Administración

Resumen rápido: La infracción administrativa es la vulneración del ordenamiento jurídico prevista como tal por una norma con rango de ley, cuya comisión habilita a la Administración Pública para imponer una sanción sin necesidad de acudir a la vía penal. El artículo 27.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, consagra el principio de tipicidad: «Sólo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por una Ley».

Definición flash: Vulneración del ordenamiento tipificada por una ley como infracción, que la Administración puede sancionar sin acudir a un juez penal (art. 27 LRJSP).

Etiqueta lingüística

El término «infracción» se reserva en el Derecho español al ámbito administrativo y se distingue del «delito» y de la «falta», reservados al Derecho penal, aunque unos y otras compartan el fundamento común del principio de legalidad sancionadora del artículo 25.1 de la Constitución. La distinción no es meramente terminológica: el régimen de garantías, de prescripción y de ejecución de la sanción difiere sustancialmente entre uno y otro ámbito.

Definición técnica

El artículo 27.1 de la Ley 40/2015 exige que las infracciones administrativas estén previstas «por una Ley», sin perjuicio de lo dispuesto para la Administración Local, y ordena que se clasifiquen legalmente «en leves, graves y muy graves», estableciendo en su apartado 3 que las disposiciones reglamentarias de desarrollo pueden introducir especificaciones o graduaciones al cuadro legal de infracciones, pero sin constituir nuevas infracciones ni alterar la naturaleza o los límites de las que la ley contempla. Este principio de tipicidad se complementa con el de legalidad del artículo 25 de la misma ley, que exige que la potestad sancionadora haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de ley, y con el de proporcionalidad del artículo 29, que impide que las sanciones administrativas impliquen, directa o subsidiariamente, privación de libertad, y exige graduarlas según el grado de culpabilidad, la reincidencia y la naturaleza de los perjuicios causados.

Aplicación práctica

Si recibes una notificación de un expediente sancionador administrativo, comprueba en primer lugar que la conducta que se te imputa esté efectivamente tipificada como infracción por una norma con rango de ley (no basta un reglamento o una ordenanza sin habilitación legal previa) y que la clasificación como leve, grave o muy grave —determinante de la sanción aplicable— se corresponda con lo que la propia ley establece, no con un criterio distinto introducido solo por vía reglamentaria.

Qué no es / diferencias clave

Delito
La INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA (art. 27 Ley 40/2015) la tipifica una ley y la sanciona la Administración a través de un procedimiento administrativo. El DELITO lo tipifica el Código Penal u otra ley penal y solo puede sancionarlo un juez o tribunal penal tras un proceso con garantías penales reforzadas; cuando unos mismos hechos pudieran ser delito, la Administración debe suspender el expediente sancionador y dar traslado al orden penal.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 27.3 de la Ley 40/2015 permite que un reglamento gradúe o especifique el cuadro de infracciones fijado por la ley, pero le prohíbe expresamente crear nuevas infracciones o alterar la naturaleza o los límites de las que la ley ya contempla, límite que protege la reserva de ley frente a un desarrollo reglamentario expansivo.

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Preguntas frecuentes sobre infracción administrativa

¿Puede una ordenanza municipal crear una infracción administrativa nueva sin cobertura legal?

Sin cobertura legal, no: el artículo 27.1 de la Ley 40/2015 exige que las infracciones estén previstas por una ley, y un reglamento solo puede graduar o especificar lo que la ley tipifica. Pero el propio artículo salva lo dispuesto para la Administración local en el Título XI de la Ley 7/1985: su artículo 139 permite a los entes locales, en defecto de normativa sectorial específica, tipificar infracciones y sanciones por incumplimiento de sus ordenanzas, con los criterios de los artículos 140 y 141.

¿Cómo se clasifican las infracciones administrativas por su gravedad?

En leves, graves y muy graves, según establece la propia ley que las tipifica, conforme al artículo 27.1 de la Ley 40/2015.

¿Puede una sanción administrativa implicar privación de libertad?

No, en ningún caso: el artículo 29.1 de la Ley 40/2015 lo prohíbe expresamente, tanto de forma directa como subsidiaria.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Infracción administrativa. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/infraccion-administrativa/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

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