Infracción grave (extranjería): significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Infracción grave (extranjería)

Estar en España sin autorización de residencia, o con ella caducada más de tres meses sin pedir la renovación, es infracción grave: multa o, en ciertos casos, expulsión

Resumen rápido: La infracción grave en materia de extranjería es la categoría intermedia de infracciones tipificadas por la Ley de Extranjería, con una respuesta sancionadora menor que las muy graves pero superior a las leves. El artículo 53 de la Ley Orgánica 4/2000 enumera estas infracciones.

Definición flash: Infracción de extranjería del art. 53 LO 4/2000, como estar en España sin autorización de residencia: multa de 501 a 10.000 euros o, a veces, expulsión.

Etiqueta lingüística

La graduación en leve, grave y muy grave que emplea la Ley de Extranjería sigue el modelo común del Derecho administrativo sancionador, que escala la respuesta punitiva -y las garantías procedimentales asociadas- en función de la entidad de la conducta infractora.

Definición técnica

El artículo 53 de la Ley de Extranjería tipifica como infracciones graves, entre otras: encontrarse irregularmente en territorio español, por no haber obtenido la prórroga de estancia, carecer de autorización de residencia o tener caducada esa autorización durante más de tres meses, siempre que el interesado no hubiera solicitado su renovación en el plazo reglamentario; y encontrarse trabajando en España sin haber obtenido autorización de trabajo o autorización administrativa previa, cuando tampoco se cuente con autorización de residencia válida. Determinadas infracciones graves de este catálogo -las de sus apartados a), b), c), d) y f)- pueden dar lugar, conforme al artículo 57, a la sanción de expulsión del territorio en lugar de la multa, cuando así lo justifique el principio de proporcionalidad.

Aplicación práctica

El extranjero cuya autorización de residencia ha caducado debe solicitar su renovación dentro del plazo reglamentario, porque el artículo 53 de la Ley de Extranjería convierte en infracción grave la situación irregular que se prolonga más de tres meses sin haberla solicitado; regularizar la situación antes de ese plazo, o al menos solicitar la renovación en tiempo, evita esta calificación. Ese margen de tres meses solo existe para la autorización caducada: carecer de autorización de residencia o no haber obtenido la prórroga de estancia es infracción grave sin plazo de gracia. La sanción es una multa de 501 a 10.000 euros (art. 55.1.b) o, en los supuestos del artículo 57.1, la expulsión, nunca las dos a la vez (art. 57.3).

Qué no es / diferencias clave

Infracción muy grave
La INFRACCIÓN GRAVE del artículo 53 de la Ley de Extranjería incluye supuestos como la irregularidad prolongada en la estancia. La INFRACCIÓN MUY GRAVE del artículo 54 reserva su calificación para conductas de mayor entidad, como favorecer con ánimo de lucro la inmigración clandestina cuando no sea delito o las actividades contrarias a la seguridad nacional.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 53.1.a) de la Ley de Extranjería tipifica como infracción grave encontrarse irregularmente en España «por no haber obtenido la prórroga de estancia, carecer de autorización de residencia o tener caducada más de tres meses la mencionada autorización, y siempre que el interesado no hubiere solicitado la renovación de la misma en el plazo previsto reglamentariamente». El margen de tres meses solo existe para quien tuvo autorización y la dejó caducar: quien carece de ella, o no obtuvo la prórroga de estancia, no tiene ese plazo.

Preguntas frecuentes sobre infracción grave (extranjería)

¿Qué es infracción grave en materia de extranjería?

Entre otros supuestos, encontrarse en España con la autorización de residencia caducada más de tres meses sin haber solicitado su renovación, o trabajar sin autorización de trabajo cuando tampoco se cuenta con autorización de residencia válida, conforme al artículo 53 de la Ley de Extranjería. Se sanciona con multa de 501 a 10.000 euros (art. 55.1.b).

¿Puede una infracción grave dar lugar a la expulsión?

Sí, en determinados supuestos tasados del artículo 53, la Administración puede sustituir la multa por la expulsión del territorio conforme al artículo 57, atendiendo al principio de proporcionalidad; nunca pueden imponerse las dos (art. 57.3). Y no cabe la expulsión, salvo reincidencia en un año o actividades contra la seguridad nacional, de los residentes de larga duración, de los nacidos en España con cinco años de residencia legal, de quienes fueron españoles de origen, de ciertos perceptores de prestaciones públicas ni, en determinadas condiciones, de sus familiares (art. 57.5).

¿En qué se diferencia de la infracción muy grave?

En la entidad de la conducta. La infracción grave incluye supuestos como la irregularidad prolongada en la estancia. La muy grave se reserva a conductas de mayor entidad, como favorecer con ánimo de lucro la inmigración clandestina cuando no sea delito.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Infracción grave (extranjería). Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/infraccion-grave/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

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