Abogados de Derecho de Extranjería

12 despachos con esta área de práctica en el directorio.

Si va a solicitar o renovar una autorización de residencia o de trabajo, quiere regularizar su situación por arraigo, reagrupar a su familia o pedir la nacionalidad, lo que más decide el resultado es acertar con la vía: los regímenes son distintos y presentar por el que no corresponde termina en denegación. Aquí encontrará qué vía corresponde a cada situación, qué documentación se exige y los despachos de extranjería de su provincia.

Ver los despachos de extranjeríaQué documentación se exige

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El Derecho de Extranjería regula la entrada, la permanencia, la residencia y el trabajo de las personas extranjeras en España, así como la adquisición de la nacionalidad. Comprende los visados, las autorizaciones de residencia y de trabajo, la reagrupación familiar, el régimen de los familiares de ciudadanos de la Unión Europea, la protección internacional y el régimen sancionador, incluida la expulsión.

Despachos especializados

VerificadoColegiación n.º 79331

Civil, penal y mercantil con dos sedes: Majadahonda y Madrid capital. Pérez Matey & Asociados es un despacho de abogados con más de 10 años de experiencia y dos sedes en la Comunidad de Madrid: Majadahonda, en la zona noroeste, y Madrid capital, en la calle Castelló.

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  • Oficinas en Majadahonda y Madrid

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Castro & Suárez Abogados

Despacho de abogados
Abogados en San Cristóbal de La Laguna · Santa Cruz de Tenerife

Extranjería y penal en La Laguna desde 2002: residencias y nacionalidades.

690176918Ver ficha completa de Castro & Suárez Abogados

Toboso Guerrero Abogados

Despacho de abogados
Calle Velázquez Nº 3, Local 1, 11010, CádizAbogados en Cádiz

Extranjería, penal y familia en Cádiz, con primera consulta gratuita.

+34682016709Ver ficha completa de Toboso Guerrero Abogados

Admos Abogados

Despacho de abogados
AVENIDA CONSTITUCIÓN, 31Abogados en Móstoles · Madrid

Diez áreas en Móstoles: familia, penal, extranjería, laboral y mercantil.

+34916134546Ver ficha completa de Admos Abogados

Concejero Abogados

Despacho de abogados
Abogados en Torrejón de Ardoz · Madrid

Familia, herencias y extranjería en Torrejón de Ardoz, entre siete áreas.

+34917339000Ver ficha completa de Concejero Abogados

En qué consiste

Un abogado de extranjería determina primero qué vía corresponde a cada persona, porque de esa elección depende todo lo demás: hay regímenes muy distintos según la nacionalidad, el vínculo familiar, el tiempo de permanencia en España y la situación laboral. Presentar la solicitud equivocada no solo hace perder tiempo y tasas, sino que puede dejar a la persona en situación irregular mientras se resuelve.

Después prepara y presenta el expediente, hace el seguimiento y, si hay denegación, recurre. Aquí la vía es la administrativa: recurso ante el órgano correspondiente y, agotada esa vía, recurso contencioso-administrativo, con plazos breves y de caducidad.

Esta materia tiene dos rasgos que la hacen especialmente delicada. El primero es que sus normas se reforman con frecuencia y de forma sustancial, incluidos los requisitos de las figuras de arraigo, por lo que la información desactualizada es aquí más peligrosa que en cualquier otra área. El segundo es que los plazos y las citas dependen de la carga de cada oficina, de modo que la planificación importa tanto como el fondo del expediente.

Por eso este texto describe el mapa y el procedimiento, pero no enumera requisitos concretos: deben comprobarse siempre en la normativa vigente el día de la solicitud.

Cuándo necesitas un abogado de derecho de extranjería

  • Quieres solicitar o renovar una autorización de residencia o de trabajo
  • Llevas tiempo en España y quieres regularizar tu situación por arraigo
  • Quieres reagrupar a tu familia o eres familiar de un ciudadano de la Unión Europea
  • Vas a solicitar la nacionalidad española por residencia o por otra vía
  • Te han denegado un visado, una autorización o una renovación
  • Has recibido una propuesta de expulsión o una orden de salida
  • Necesitas homologar tus estudios o acreditar tu situación laboral
  • Vas a contratar a una persona extranjera y necesitas conocer los requisitos

Cómo funciona el proceso

  1. Determinación de la vía. Se analiza la nacionalidad, el vínculo familiar, el tiempo de permanencia y la situación laboral para identificar qué régimen y qué figura corresponden.
  2. Preparación del expediente. Se reúne la documentación exigida, con las traducciones juradas y las legalizaciones o apostillas que procedan, y se comprueba su vigencia.
  3. Presentación y cita. Se presenta la solicitud ante el órgano competente y se gestionan las citas, los pagos de tasas y la toma de huellas.
  4. Resolución. La Administración resuelve. Conviene conocer qué efecto tiene el silencio en cada procedimiento, porque de ahí depende desde cuándo cuenta el plazo para recurrir.
  5. Recurso, si procede. Ante una denegación se interpone el recurso administrativo que corresponda y, agotada esa vía, el contencioso-administrativo, siempre dentro de plazos breves.

Plazos

En extranjería los plazos no los fija la ley de extranjería, y esa es la primera cosa que hay que saber: sus actos y resoluciones son recurribles con arreglo a lo dispuesto en las leyes, de modo que rige el calendario común del procedimiento administrativo. En vía administrativa el recurso se interpone en el plazo de un mes cuando el acto es expreso, y si no lo es puede interponerse en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio. Agotada esa vía, el recurso contencioso-administrativo se interpone en dos meses desde la notificación del acto expreso y en seis meses frente a un acto presunto. Hay una salvedad que la propia ley advierte y que conviene comprobar en cada expediente: la tramitación de los expedientes de expulsión con carácter preferente tiene un régimen propio, y ahí el calendario se toma de la resolución notificada y no de la regla general.

Costes orientativos

A los honorarios hay que sumar las tasas administrativas de cada procedimiento, las traducciones juradas y las legalizaciones o apostillas de los documentos extranjeros, que en expedientes con mucha documentación pueden suponer una partida relevante. Existe asistencia jurídica gratuita para quien no supere determinados umbrales de renta, y en los procedimientos de expulsión la asistencia letrada está garantizada.

Los importes son orientativos y varían según el caso, la complejidad y el despacho. No constituyen una tarifa ni una oferta.

Documentación necesaria

  • Pasaporte completo y en vigor
  • Certificado de empadronamiento histórico y colectivo
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y legalizado
  • Documentación que acredite el vínculo familiar, si la vía lo requiere
  • Contrato de trabajo u oferta de empleo, o acreditación de medios económicos
  • Documentación acreditativa del tiempo de permanencia en España
  • Resolución denegatoria y su fecha de notificación, si se va a recurrir

Normativa aplicable

Preguntas frecuentes

¿Qué es el arraigo?

Es una vía de regularización para personas que ya se encuentran en España y acreditan un vínculo con el país, que puede ser laboral, social, familiar o de formación según la modalidad. Cada modalidad exige un tiempo de permanencia previo y unos requisitos propios. Las figuras de arraigo han sido objeto de reforma reglamentaria reciente, por lo que los requisitos y los plazos deben comprobarse en la normativa vigente el día de la solicitud y no en información antigua.

¿Cuánto tiempo necesito residir para pedir la nacionalidad?

La nacionalidad por residencia exige un periodo de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, cuya duración varía mucho según el caso: existe un plazo general y plazos reducidos para determinados supuestos, como los nacionales de países iberoamericanos y otros con vínculo histórico, los casados con español, los refugiados o los nacidos en España. Además hay que acreditar buena conducta cívica y suficiente grado de integración.

¿Qué hago si me deniegan la residencia?

Comprobar de inmediato la fecha de notificación y qué recurso indica la resolución, porque los plazos son breves y de caducidad. Cabe recurrir en vía administrativa y, agotada esta, ante los tribunales de lo contencioso-administrativo. Es importante analizar el motivo concreto de la denegación: a veces es un defecto documental subsanable y otras un obstáculo de fondo que exige cambiar de estrategia.

¿Una orden de expulsión se ejecuta de inmediato?

No necesariamente. Frente a la propuesta de expulsión existe un procedimiento con derecho a alegaciones y a asistencia letrada, y frente a la resolución caben recursos y la solicitud de medidas cautelares que pueden suspender su ejecución. Es imprescindible actuar con rapidez y con abogado desde la notificación: los plazos son muy cortos y las consecuencias, incluida la prohibición de entrada, se prolongan en el tiempo.

Términos de derecho de extranjería explicados

Palabras que aparecen en esta página y que conviene tener claras antes de una primera consulta.

Errores frecuentes

Lo que más caro sale en derecho de extranjería, y por qué.

  1. Dejar que caduque la tarjeta antes de iniciar la renovación. La renovación tiene su propio calendario y no empieza el día en que la tarjeta pierde vigencia. Quien deja pasar ese momento puede pasar de una renovación ordinaria a un procedimiento distinto y más incierto. Conviene anotar la fecha en cuanto se recibe la tarjeta, no cuando se acerca su fin.
  2. Presentar la solicitud sin comprobar qué documentos exige el trámite concreto. Cada procedimiento tiene su propia relación de documentos, y presentar una solicitud incompleta abre un requerimiento que consume tiempo y a veces el propio expediente. La documentación extranjera suele necesitar además traducción y legalización o apostilla. Reunirlo antes de presentar es más rápido que corregirlo después.
  3. Dar por denegado el expediente al recibir la primera resolución negativa. Una resolución desfavorable no siempre agota la vía: existen recursos con plazos propios, y dejarlos pasar sí cierra el asunto. Muchas personas abandonan en ese punto sin saber que aún tenían recorrido. Conviene leer qué recursos indica la propia resolución y en qué plazo.
  4. Suponer que la asistencia jurídica gratuita no alcanza a estos procedimientos. La ley reconoce el derecho a los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos en los procedimientos que puedan llevar a la denegación de su entrada en España, tanto en vía administrativa como en el orden contencioso-administrativo. Es un supuesto propio, distinto de la regla general. Preguntarlo antes de renunciar a recurrir evita descartar una ayuda que la ley sí prevé.
  5. Cambiar de situación personal sin comprobar cómo afecta al expediente en curso. Un cambio de domicilio, de empleo o de estado civil puede afectar a un expediente que está tramitándose y, en algunos casos, hay que comunicarlo. No hacerlo puede provocar que las notificaciones no lleguen y que el procedimiento avance sin conocimiento del interesado. Es una de las causas más frecuentes de que se pierda un plazo sin saberlo.

Qué no es

Confusiones que salen caras en derecho de extranjería: qué las distingue y qué cambia según cuál sea tu caso.

Estancia y residencia
La estancia autoriza a permanecer un tiempo limitado y no habilita a trabajar salvo en los supuestos previstos; la residencia es un título distinto, con sus requisitos y su renovación. Prorrogar una estancia no conduce por sí sola a la residencia, y confundirlas es lo que deja a muchas personas fuera de plazo.
Régimen general y régimen de familiar de ciudadano de la Unión
Son dos vías con requisitos, plazos y documentación muy distintos, y el vínculo familiar decide cuál corresponde. Presentar la solicitud por el cauce equivocado no se corrige con una subsanación: suele obligar a empezar de nuevo, con la situación personal mientras tanto sin cobertura.
Denegación y archivo del expediente
La denegación resuelve el fondo y abre la vía de recurso; el archivo cierra el expediente por un defecto formal, normalmente por no atender un requerimiento. La reacción que procede no es la misma, y tratar un archivo como una denegación deja pasar el momento de aportar lo que faltaba.
Autorización concedida y tarjeta expedida
La resolución favorable reconoce el derecho, pero hay que solicitar la tarjeta y tomar las huellas dentro de plazo para documentarlo. Quien recibe la notificación y no completa ese trámite puede encontrarse sin documento acreditativo pese a tener la autorización concedida.

Casos típicos

Situaciones habituales y el camino que suelen seguir. Describen un itinerario general, no lo que va a pasar en tu caso.

  1. Lleva tiempo en España sin autorización y quiere regularizar su situación. Las vías de arraigo exigen acreditar permanencia continuada, y cada modalidad añade sus propios requisitos sobre vínculos familiares, medios de vida o compromiso de contratación. Lo que decide el expediente es la prueba de la permanencia y su continuidad, que se construye con años de documentos: empadronamiento, informes y cualquier constancia oficial. Elegir la modalidad equivocada consume el tiempo y obliga a empezar de nuevo.
  2. Quieres reagrupar a tu familia, o eres familiar de un ciudadano de la Unión. Son dos regímenes distintos con requisitos y plazos distintos, y confundirlos es el error más caro de esta materia. El de familiares de ciudadano de la Unión es más favorable, pero exige acreditar el vínculo y la situación del ciudadano al que se acompaña. En la reagrupación general se comprueban además vivienda y medios económicos suficientes.
  3. Le deniegan la renovación de la autorización. La denegación se recurre, y conviene identificar el motivo concreto porque de él depende la vía: unas veces es un problema de cotización o de medios, otras de antecedentes o de documentación incompleta. Mientras se resuelve, la situación administrativa queda condicionada, así que se valora también qué medidas cautelares caben.
  4. Va a solicitar la nacionalidad española por residencia. Se acredita el tiempo de residencia legal y continuada exigido para su caso, que varía según la nacionalidad de origen y las circunstancias personales, además de la integración y la ausencia de antecedentes. El expediente es largo y la mayoría de los retrasos vienen de documentación de origen sin legalizar o sin traducir, que hay que preparar con antelación.

La primera consulta

Qué llevar

  • El pasaporte y las autorizaciones anteriores, aunque estén caducadas
  • El certificado de empadronamiento histórico
  • Contratos de trabajo, nóminas y vida laboral si los hay
  • Documentos que acrediten el vínculo familiar, legalizados o apostillados
  • Cualquier resolución o requerimiento recibido

Qué te preguntarán

  • Desde cuándo está en España y con qué continuidad
  • Cuál es su nacionalidad y la del familiar con el que se relaciona
  • Si ha tenido autorizaciones anteriores y por qué vía
  • Si tiene antecedentes o expedientes abiertos
  • Qué medios de vida puede acreditar

Qué deberías preguntar tú

  • Qué vía me corresponde y por qué ésa y no otra
  • Qué documentación de origen necesito y cuánto tarda
  • Qué plazo tiene el procedimiento y qué pasa si no contestan
  • Qué ocurre con mi situación mientras se resuelve
  • Cuándo debo empezar a preparar la renovación

Cómo elegir abogado de derecho de extranjería

Criterios para decidir. Este portal no recomienda despachos concretos: los del listado están ordenados al azar en cada visita.

Que determine la vía antes de preparar ningún papel
Los regímenes son distintos según nacionalidad, vínculo familiar, permanencia y situación laboral, y presentar por el que no corresponde termina en denegación. La elección de vía es el trabajo principal: la documentación viene después y depende de ella.
Que distinga el régimen general del de familiares de ciudadano de la Unión
Son dos sistemas con requisitos y plazos propios, y confundirlos es el error más caro de esta materia. Un despacho que no pregunta por la nacionalidad del familiar antes de orientar no ha empezado por donde debía.
Que le avise de los tiempos de la documentación de origen
Legalización, apostilla y traducción oficial se tramitan fuera y llevan semanas. Como los requerimientos de subsanación abren plazos que corren igual, quien no lo anticipa se queda sin margen justo cuando más falta hace.
Que controle las fechas de vencimiento desde el primer día
La renovación tiene su momento propio y dejar caducar la autorización cambia el procedimiento aplicable y deja un periodo sin cobertura. Que el despacho fije y vigile esas fechas evita el problema más frecuente y más evitable.
Que sepa recurrir una denegación y pedir medidas cautelares
Mientras se resuelve el recurso la situación administrativa queda condicionada, y no todos los despachos plantean la vía cautelar. Es lo que puede evitar consecuencias irreversibles antes de que llegue la resolución del fondo.

Justicia gratuita

Ésta es una de las materias en que la ley va más lejos, y conviene conocer el alcance exacto. En el orden contencioso-administrativo, y también en la vía administrativa previa —lo que aquí resulta decisivo, porque en el resto de materias esa fase no está cubierta—, los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos para litigar tienen derecho a la asistencia letrada y a la defensa y representación gratuitas en los procedimientos que puedan llevar a la denegación de su entrada en España, a su devolución o expulsión del territorio español, y en todos los procedimientos en materia de asilo. Es decir: desde el expediente, no sólo desde el recurso judicial. El derecho se reconoce a los extranjeros que se encuentren en España, sin que la ley lo condicione a la regularidad de la situación administrativa. Fuera de esos procedimientos rige la regla general, que exige dos condiciones a la vez: carecer de patrimonio suficiente y no superar unos umbrales de ingresos brutos anuales, computados por todos los conceptos y por unidad familiar, fijados en múltiplos del IPREM vigente el día de la solicitud. Y conviene saber que el reconocimiento comprende la exención de tasas y de los depósitos necesarios para recurrir, que es lo que hace posible llevar adelante una apelación.

Dónde se pide. En el servicio de orientación jurídica del Colegio de Abogados del lugar donde esté el órgano que tramita el expediente o el juzgado competente, o en el juzgado del propio domicilio, que dará traslado al colegio. En los supuestos de denegación de entrada, devolución, expulsión y asilo la asistencia letrada se presta ya en el procedimiento administrativo, no sólo en el recurso posterior.

Base legal: Artículo 2, letra e), de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita (se abre en una pestaña nueva). Los umbrales se actualizan cada año: confirma el importe vigente en el Colegio de Abogados que te corresponda.

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.