Artículo 66. Las Cortes Generales: representación popular, potestad legislativa e inviolabilidad.

Vigente a fecha 2026-08-20

Aplicable en España — Constitución Española CE (BOE-A-1978-31229).Citado en 4 páginas del portal

Texto vigente

1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.

3. Las Cortes Generales son inviolables.

Comentario

Preguntas frecuentes

¿Tienen el Congreso y el Senado el mismo peso legislativo según el art. 66 CE?

No. Aunque ambas cámaras integran las Cortes Generales, el sistema es bicameral asimétrico: el Congreso de los Diputados puede levantar el veto del Senado por mayoría absoluta en la mayoría de los procedimientos legislativos ordinarios.

¿Qué diferencia hay entre la inviolabilidad de las Cortes del art. 66.3 CE y la de sus miembros?

El art. 66.3 CE protege a las Cortes Generales como institución; la inviolabilidad individual de Diputados y Senadores por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones se regula de forma separada en el art. 71.1 CE.

Términos del diccionario relacionados

Dónde se aplica este artículo en el portal

Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.

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