Artículo 78. Prescripción y límite al ejercicio de las acciones.

Vigente a fecha 2026-08-20

Aplicable en España — Ley de Patentes Patentes (BOE-A-2015-8328).

Texto vigente

1. Las acciones civiles derivadas de la infracción del derecho de patente prescriben a los cinco años, contados desde el momento en que pudieron ejercitarse.

2. El titular de la patente no podrá ejercitar las acciones establecidas en este Título frente a quienes exploten los objetos que hayan sido introducidos en el comercio por personas que le hayan indemnizado en forma adecuada los daños y perjuicios causados.

Comentario

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo hay para reclamar por infracción de una patente?

Cinco años desde el momento en que la acción pudo ejercitarse, conforme al art. 78.1 de la Ley de Patentes.

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