Notificación

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El acto de comunicación judicial que da noticia de una resolución, distinto de la citación y del emplazamiento

Resumen rápido: La notificación es el acto procesal de comunicación por el que se da noticia a una parte o a un tercero de una resolución o actuación judicial. El artículo 149.1.ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil la sitúa como la primera de las seis clases de actos de comunicación judicial, reservada a las notificaciones que «tengan por objeto dar noticia de una resolución o actuación», sin fijar plazo ni señalar fecha para comparecer.

Definición flash: La notificación es el acto judicial que da noticia de una resolución, sin fijar plazo ni fecha, a diferencia de la citación y el emplazamiento.

Etiqueta lingüística

Del latín notificare (notus, «conocido», y facere, «hacer»): hacer conocer algo a alguien. Es la más simple de las seis clases de actos de comunicación judicial que enumera la ley: no exige que el destinatario haga nada, solo que quede informado.

Definición técnica

El artículo 149 de la Ley de Enjuiciamiento Civil clasifica los actos procesales de comunicación en seis clases: notificaciones (dar noticia), emplazamientos (abrir un plazo para actuar), citaciones (fijar fecha y hora), requerimientos, mandamientos y oficios. La notificación es la más simple de las seis porque no impone ninguna carga de actuación al destinatario, solo lo informa de lo ya resuelto.

Su forma de práctica sigue las mismas reglas generales de los actos de comunicación (arts. 152 y siguientes): bajo la dirección del letrado de la Administración de Justicia, por medios electrónicos cuando proceda o mediante entrega personal en el domicilio.

Aplicación práctica

Una notificación defectuosa -practicada en domicilio erróneo, sin agotar las diligencias de averiguación exigibles, o sin las garantías legales- puede provocar la nulidad de todo lo actuado después por indefensión. Comprobar que la notificación se practicó correctamente es uno de los primeros pasos al revisar cualquier expediente antes de plantear un recurso.

Qué no es / diferencias clave

Notificación administrativa
La notificación administrativa es la aplicación de este mismo concepto en el ámbito de las Administraciones Públicas, con su propio régimen en la Ley 39/2015. Esta ficha explica el acto de comunicación judicial, regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Citación
La citación fija lugar, fecha y hora concretos para comparecer. La notificación solo informa de una resolución ya adoptada, sin exigir ninguna comparecencia.
Emplazamiento
El emplazamiento abre un plazo para personarse y actuar, sin fijar fecha ni hora. La notificación no abre ningún plazo de actuación: se limita a dar noticia.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 149.1.ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil clasifica como «Notificaciones» los actos de comunicación «cuando tengan por objeto dar noticia de una resolución o actuación».

Encuentra un abogado

Preguntas frecuentes sobre notificación

¿Qué es una notificación judicial?

El acto por el que un juzgado o tribunal da noticia a una parte o a un tercero de una resolución o actuación, sin fijar plazo de actuación ni señalar fecha para comparecer.

¿En qué se diferencia de la citación y del emplazamiento?

La citación fija lugar, fecha y hora para comparecer; el emplazamiento abre un plazo para personarse y actuar; la notificación solo informa, sin exigir ninguna actuación concreta.

¿Qué pasa si una notificación se practica mal?

Puede causar indefensión y ser motivo de nulidad de las actuaciones posteriores, sobre todo si no se agotaron las diligencias exigibles para localizar al destinatario.

¿La notificación administrativa es lo mismo que esta?

Comparten el mismo concepto de base, pero se rigen por normas distintas: la judicial, por la Ley de Enjuiciamiento Civil; la administrativa, por la Ley 39/2015.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Notificación. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/notificacion/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 18-ago-2026.

Artículos comentados relacionados: Art. 149 LEC · Art. 42 LPAC · Art. 43 LPAC

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de Derecho Procesal

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?