Qué ha acordado el Consejo General del Poder Judicial
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó el martes 27 de octubre de 2026 las bases de un plan de choque para los órganos de la jurisdicción social con más asuntos pendientes o con señalamientos más alejados en el tiempo. Lo ha comunicado el propio Consejo en una nota publicada en poderjudicial.es, que abre así:
«La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy iniciar los trámites para poner en marcha un plan de choque en los órganos de la jurisdicción social con mayor pendencia o retraso en los señalamientos.»
El subtítulo de la misma nota resume el siguiente paso: «La Comisión Permanente pide a las Salas de Gobierno de los TSJ que formulen propuestas de medidas de apoyo en un plazo de quince días».
Esta pieza describe lo que dice la nota del CGPJ, el precepto de la Ley Orgánica del Poder Judicial que la propia nota invoca, el real decreto de creación de plazas al que vincula la duración del plan y la reacción publicada por el Colegio de la Abogacía de Madrid. No valora el plan ni anticipa sus resultados, y no afirma qué órganos concretos se reforzarán: la nota del Consejo no los enumera.
De dónde parte: el informe del Servicio de Inspección
Según la nota, el acuerdo se adopta a la vista de un informe que la Comisión Permanente encargó en su reunión del 16 de septiembre al Servicio de Inspección del CGPJ. El encargo consistía en que el Servicio «identificara los órganos de las Secciones de lo Social de los Tribunales de Instancia con más asuntos pendientes y/o con mayores tiempos de respuesta».
El Consejo explica que ese encargo se hizo después de que la Inspección hubiera advertido de dos cosas, que la nota recoge con estas palabras:
- Que «la situación de los órganos de esta jurisdicción a nivel nacional y en su conjunto está fuertemente condicionada por la elevada carga de trabajo».
- Y que «los tiempos de respuesta se habían incrementado ligeramente en el primer trimestre del año».
La nota no publica el informe ni sus cifras. La nota habla de las Secciones de lo Social de los tribunales de instancia, y esta pieza usa esa misma denominación.
Cómo se articula el plan según sus bases
La nota describe el plan en tres niveles. El primero es su alcance. La Comisión Permanente acordó:
«aprobar las bases de un plan de choque que se desarrollará mediante actuaciones inmediatas en las 50 plazas de la jurisdicción social con mayor pendencia y planes territoriales en los partidos judiciales más congestionados»
El segundo es quién propone las medidas concretas. El Consejo ha acordado dirigirse a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia para que «en un plazo de quince días formulen propuestas de medidas de apoyo conforme al artículo 216 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial».
El tercero es con qué personal se refuerza. La nota lo dice así:
«Las medidas de refuerzo recaerán preferentemente en jueces/zas de adscripción territorial, jueces/zas en prácticas o de refuerzo y magistrados/as de otras plazas sin sobrecarga de trabajo.»
Qué asuntos irán primero en los órganos reforzados
Las bases incluyen también un orden de preferencia. Según la nota, una vez en vigor el plan, «en los órganos judiciales reforzados se dará preferencia a los despidos y demás modalidades de tramitación preferente, a las prestaciones de Seguridad Social de subsistencia y a la tutela de derechos fundamentales, adelantando los asuntos señalados por orden de antigüedad».
Son, por tanto, tres bloques de asuntos los que la nota nombra:
- Los procedimientos por despido y las demás modalidades de tramitación preferente.
- Las prestaciones de Seguridad Social que la nota califica «de subsistencia».
- La tutela de derechos fundamentales.
La nota no precisa qué prestaciones se consideran «de subsistencia» ni cuándo entrará en vigor el plan. Esta pieza no lo completa.
Lo que el CGPJ pide al Ministerio y a las comunidades autónomas
La Comisión Permanente ha acordado también dirigirse al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y a las consejerías de las comunidades autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia, para que:
«cubran con carácter prioritario las vacantes de los servicios comunes del área social, doten los medios necesarios para las medidas de apoyo que se aprueben y garanticen, antes del 1 de junio de 2027, la plantilla, las salas y los medios de las plazas de nueva creación»
Es una petición del CGPJ a otras administraciones. La nota no recoge respuesta del Ministerio ni de ninguna comunidad autónoma, y esta pieza tampoco ha localizado ninguna en fuente oficial a la fecha de publicación.
El precepto que invoca el Consejo: artículo 216 bis LOPJ
La base legal que cita la nota es el artículo 216 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (BOE-A-1985-12666), en su redacción vigente desde el 23 de enero de 2025 tras la Ley Orgánica 1/2025. Su apartado 1 dice:
«Cuando el excepcional retraso o la acumulación de asuntos en un determinado tribunal no puedan ser corregidos mediante el reforzamiento de la plantilla de la Oficina judicial o la exención temporal de reparto prevista en el artículo 167.2, el Consejo General del Poder Judicial podrá acordar excepcionales medidas de apoyo judicial consistentes en la adscripción de jueces y magistrados titulares de otros órganos judiciales mediante el otorgamiento de comisiones de servicio.»
El apartado 3 enumera quién más puede ser adscrito como apoyo y en qué orden:
«También se podrá acordar la adscripción en calidad de jueces de apoyo, por este orden, a los jueces en expectativa de destino conforme al artículo 308.2, a los jueces que estén desarrollando prácticas conforme al artículo 307.2, a los jueces de adscripción territorial a que se refiere el artículo 347 bis y excepcionalmente a jueces sustitutos y magistrados suplentes.»
Otros dos apartados del mismo artículo se refieren a la relación con el Ministerio y al retraso de carácter estructural:
- Apartado 5: «La aprobación por parte del Consejo General del Poder Judicial de cualquier medida de apoyo precisará la previa aprobación del Ministerio de Justicia quien únicamente podrá oponerse por razones de disponibilidad presupuestaria».
- Apartado 6: «Si la causa del retraso tuviera carácter estructural, el Consejo General del Poder Judicial, junto con la adopción de las referidas medidas provisionales, formulará las oportunas propuestas al Ministerio de Justicia o a las Comunidades Autónomas con competencias en la materia».
Se reproducen como texto de la ley. Esta pieza no afirma cómo se aplicarán esos apartados a las medidas concretas que se aprueben, porque la nota del CGPJ no lo detalla. Las figuras del juez y del magistrado tienen su entrada en el diccionario jurídico.
Hasta cuándo: el Real Decreto 559/2026 y sus fechas
La nota fija la duración del plan por referencia a la creación de nuevas plazas:
«El plan estará en vigor hasta la entrada en funcionamiento efectivo de las nuevas plazas judiciales creadas por el Real Decreto 559/2026, de 8 de julio, y de las que se creen en la programación de 2027, sin perjuicio de su revisión periódica.»
El Real Decreto 559/2026, de 8 de julio (BOE-A-2026-14878, publicado el 9 de julio) es la norma de planta judicial de este año. Su artículo 1 describe su objeto, entre otras cosas, así:
«Crear y constituir un total de quinientas plazas judiciales, de las cuales trescientas sesenta y ocho se corresponden con plazas en Secciones de Tribunales de Instancia, dos en el Tribunal Central de Instancia, noventa y seis con plazas en órganos colegiados y treinta y cuatro con plazas de juez o jueza de adscripción territorial en los respectivos Tribunales Superiores de Justicia.»
La disposición final tercera del real decreto escalona la entrada en funcionamiento de esas plazas en tres fechas: un primer grupo «entrarán en funcionamiento el día 31 de diciembre de 2026»; otro grupo de plazas de magistrado «entrarán en funcionamiento el 1 de junio de 2027», y su apartado 3 cierra con esta regla:
«El resto de las plazas no contempladas en los apartados 1 y 2 de esta disposición entrarán en funcionamiento el día 1 de noviembre de 2027.»
Esta pieza no ha desglosado cuántas de las quinientas plazas son de lo Social ni en qué fecha entra cada una, y no deduce de esas fechas cuándo terminará el plan de choque: la nota del CGPJ lo liga también a las plazas de la programación de 2027, que aún no se han creado. El portal publicó en julio una pieza sobre la creación de las 500 plazas judiciales y 200 de fiscal.
La reacción del Colegio de la Abogacía de Madrid
El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) publicó el mismo 27 de octubre una nota con este titular: «El ICAM celebra el plan de choque del CGPJ para los Juzgados de lo Social y reclama al resto de administraciones que se sumen con medidas urgentes». El Colegio vincula el acuerdo a su campaña «SOS SOCIAL», lanzada en septiembre con un paquete de 19 medidas, según su propia nota.
La nota recoge declaraciones del decano, Eugenio Ribón:
«Celebramos que el Consejo General del Poder Judicial dé este paso para afrontar una situación que llevamos meses denunciando.»
Y añade, en palabras del decano: «Ahora es imprescindible que el Ministerio de Justicia, la Comunidad de Madrid y el resto de administraciones implicadas se sumen con recursos y soluciones concretas». Juan Manuel Mayllo, diputado de la Junta de Gobierno del Colegio, afirma en la misma nota: «Es un primer paso importante, pero el objetivo no es anunciar soluciones, sino conseguir que los ciudadanos dejen de esperar años para ver reconocidos sus derechos».
El Colegio aporta además un dato propio sobre Madrid, que se reproduce atribuido a él: según el ICAM, «los Juzgados de lo Social de Madrid cerraron 2025 con 78.518 asuntos pendientes, un 26,8 % más que el año anterior». Esta pieza no ha cotejado esa cifra con la estadística judicial del CGPJ.
Son valoraciones del Colegio y de sus responsables, y así se recogen. Para quien busque asesoramiento en esta materia, el directorio del portal reúne abogados especialistas en derecho laboral; la figura del laboralista tiene su propia entrada en el diccionario.
En qué punto está el plan a 29 de octubre de 2026
Conviene separar lo que consta en fuente oficial de lo que está pendiente. A la fecha de esta pieza, el 29 de octubre de 2026:
- Acordado: la Comisión Permanente del CGPJ aprobó el 27 de octubre las bases del plan y acordó iniciar los trámites para ponerlo en marcha.
- Pendiente: las propuestas de medidas de apoyo que el Consejo ha pedido a las Salas de Gobierno de los TSJ en el plazo de quince días que indica su nota.
- No publicado: la relación de las 50 plazas afectadas y la fecha de entrada en vigor del plan. La nota del CGPJ no las incluye.
- Pedido a otras administraciones: la cobertura de vacantes y los medios que el Consejo reclama al Ministerio y a las comunidades autónomas.
Cuando el Consejo apruebe las medidas concretas, el estado que describe esta sección dejará de estar al día y la pieza deberá actualizarse.
Qué no dice esta pieza
Esta noticia recoge lo que dice la nota del Consejo General del Poder Judicial de 27 de octubre de 2026, el texto vigente del artículo 216 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el artículo 1 y la disposición final tercera del Real Decreto 559/2026 y la nota del Colegio de la Abogacía de Madrid sobre su propia posición. No afirma qué órganos se reforzarán, cuándo se celebrarán los juicios ya señalados ni qué efecto tendrá el plan sobre ningún procedimiento concreto.
Quien tenga un asunto pendiente ante una Sección de lo Social debe consultar a su abogado o al propio órgano judicial. Para otras piezas sobre la profesión y la organización de la Justicia pueden consultarse el I Estudio del ICAM sobre la Justicia digital y los datos del turno de oficio del Colegio de Madrid en el primer semestre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué ha aprobado el CGPJ para los juzgados de lo Social?
La Comisión Permanente del CGPJ acordó el 27 de octubre de 2026 «aprobar las bases de un plan de choque que se desarrollará mediante actuaciones inmediatas en las 50 plazas de la jurisdicción social con mayor pendencia y planes territoriales en los partidos judiciales más congestionados», según la nota publicada en poderjudicial.es.
¿Qué asuntos tendrán preferencia en los órganos reforzados?
Según la nota del CGPJ, «en los órganos judiciales reforzados se dará preferencia a los despidos y demás modalidades de tramitación preferente, a las prestaciones de Seguridad Social de subsistencia y a la tutela de derechos fundamentales, adelantando los asuntos señalados por orden de antigüedad». Puede consultarse la entrada despido del diccionario.
¿En qué norma se apoya el plan de choque?
La nota del CGPJ invoca el artículo 216 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo apartado 1 dice que el Consejo «podrá acordar excepcionales medidas de apoyo judicial consistentes en la adscripción de jueces y magistrados titulares de otros órganos judiciales mediante el otorgamiento de comisiones de servicio».
¿Hasta cuándo durará el plan?
La nota dice: «El plan estará en vigor hasta la entrada en funcionamiento efectivo de las nuevas plazas judiciales creadas por el Real Decreto 559/2026, de 8 de julio, y de las que se creen en la programación de 2027, sin perjuicio de su revisión periódica.» Sobre ese real decreto puede leerse la pieza sobre las 500 plazas judiciales.
¿Qué ha dicho la abogacía madrileña?
El Colegio de la Abogacía de Madrid publicó el 27 de octubre una nota en la que «celebra el plan de choque del CGPJ» y reclama que el resto de administraciones se sumen con medidas. Otras piezas sobre el Colegio: la petición de la segunda prueba de acceso a la Abogacía y el turno de oficio en Madrid.
Fuentes
- El CGPJ acuerda iniciar los trámites para poner en marcha un plan de choque en los órganos de lo Social con mayor pendencia o retraso en los señalamientos (27 de octubre de 2026) (se abre en una pestaña nueva)
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (texto consolidado), artículo 216 bis (se abre en una pestaña nueva)
- Real Decreto 559/2026, de 8 de julio, de creación de quinientas unidades judiciales correspondientes a la programación de 2026 y de adecuación de la planta judicial (se abre en una pestaña nueva)
- El ICAM celebra el plan de choque del CGPJ para los Juzgados de lo Social y reclama al resto de administraciones que se sumen con medidas urgentes (27 de octubre de 2026) (se abre en una pestaña nueva)
María Eugenia de Araujo
Coordinadora Editorial
Coordina la línea editorial de Derecho Abogados: firma y revisa las piezas de actualidad jurídica, las fichas del diccionario y los contenidos de cada especialidad del directorio. En cada pieza cita la norma o la sentencia que la sustenta, para que lo que se lee aquí se pueda comprobar en la fuente original.

