Ley de Régimen Jurídico del Sector Público
Ley de Régimen Jurídico del Sector Público LRJSP comentada, artículo por artículo
Texto vigente de cada artículo, cotejado directamente con el BOE (BOE-A-2015-10566), con comentario jurídico progresivo. 49 artículos en este primer piloto.
- Rango
- Ley
- Ámbito
- Estatal
- Órgano
- Jefatura del Estado
- Publicada
- 2 de octubre de 2015 en el BOE
- Identificador
- BOE-A-2015-10566 (se abre en una pestaña nueva)
La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público regula el funcionamiento interno de las Administraciones Públicas españolas: sus órganos, los principios generales de actuación, la organización del sector público institucional (organismos autónomos, entidades públicas empresariales) y las relaciones entre las distintas Administraciones.
Se aplica al conjunto del sector público español, Administración General del Estado, autonómica, local y sus entidades vinculadas o dependientes. Su pareja procedimental es la Ley 39/2015 (LPAC), que regula el procedimiento frente al ciudadano mientras esta regula el funcionamiento interno. Se organiza en un título preliminar (disposiciones generales y principios de actuación) y tres títulos: la Administración General del Estado, la organización del sector público institucional, y las relaciones interadministrativas.
Cómo está organizado cada artículo
49 de 165 artículos con comentario propio30%
Y los 165 se pueden leer aquí, con su texto vigente100%
TÍTULO PRELIMINAR — Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público
CAPÍTULO I — Disposiciones generales
CAPÍTULO II — De los órganos de las Administraciones Públicas
Sección 1.ª De los órganos administrativos
Sección 2.ª Competencia
Sección 3.ª Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas
Sección 4.ª Abstención y recusación
CAPÍTULO III — Principios de la potestad sancionadora
CAPÍTULO IV — De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
Sección 1.ª Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
CAPÍTULO V — Funcionamiento electrónico del sector público
CAPÍTULO VI — De los convenios
Índice completo — LRJSP
El texto consolidado tiene 219 preceptos. De los que aún no tienen comentario propio, 116 se sirven con su texto oficial vigente; el resto enlaza al BOE.
- Artículo 1Objeto
- Artículo 2Ámbito Subjetivo
- Artículo 3Principios generales
- Artículo 4Principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad
- Artículo 5Órganos administrativos
- Artículo 6Instrucciones y órdenes de servicio
- Artículo 7Órganos consultivos
- Artículo 8Competencia
- Artículo 9Delegación de competencias
- Artículo 10Avocación
- Artículo 11Encomiendas de gestión
- Artículo 12Delegación de firma
- Artículo 13Suplencia
- Artículo 14Decisiones sobre competencia
- Artículo 15Régimen
- Artículo 16Secretario
- Artículo 17Convocatorias y sesiones
- Artículo 18Actas
- Artículo 19Régimen de los órganos colegiados de la Administración General del Estado y de las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de ella
- Artículo 20Requisitos para constituir órganos colegiados
- Artículo 21Clasificación y composición de los órganos colegiados
- Artículo 22Creación, modificación y supresión de órganos colegiados
- Artículo 23Abstención
- Artículo 24Recusación
- Artículo 25Principio de legalidad
- Artículo 26Irretroactividad
- Artículo 27Principio de tipicidad
- Artículo 28Responsabilidad
- Artículo 29Principio de proporcionalidad
- Artículo 30Prescripción
- Artículo 31Concurrencia de sanciones
- Artículo 32Principios de la responsabilidad
- Artículo 33Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas
- Artículo 34Indemnización
- Artículo 35Responsabilidad de Derecho Privado
- Artículo 36Exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
- Artículo 37Responsabilidad penal
- Artículo 38La sede electrónica
- Artículo 39Portal de internet
- Artículo 40Sistemas de identificación de las Administraciones Públicas
- Artículo 41Actuación administrativa automatizada
- Artículo 42Sistemas de firma para la actuación administrativa automatizadaSolo texto
- Artículo 43Firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones PúblicasSolo texto
- Artículo 44Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación
- Artículo 45Aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónicaSolo texto
- Artículo 46Archivo electrónico de documentos
- Artículo 46 bisUbicación de los sistemas de información y comunicaciones para el registro de datosSolo texto
- Artículo 47Definición y tipos de convenios
- Artículo 48Requisitos de validez y eficacia de los convenios
- Artículo 49Contenido de los convenios
- Artículo 50Trámites preceptivos para la suscripción de convenios y sus efectos
- Artículo 51Extinción de los convenios
- Artículo 52Efectos de la resolución de los convenios
- Artículo 53Remisión de convenios al Tribunal de CuentasSolo texto
- Artículo 54Principios y competencias de organización y funcionamiento de la Administración General del EstadoSolo texto
- Artículo 55Estructura de la Administración General del EstadoSolo texto
- Artículo 55 bisPresencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos superiores y directivos de la Administración General del EstadoSolo texto
- Artículo 56Elementos organizativos básicosSolo texto
- Artículo 57Los MinisteriosSolo texto
- Artículo 58Organización interna de los MinisteriosSolo texto
- Artículo 59Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativasSolo texto
- Artículo 60Ordenación jerárquica de los órganos ministerialesSolo texto
- Artículo 61Los MinistrosSolo texto
- Artículo 62Los Secretarios de EstadoSolo texto
- Artículo 63Los SubsecretariosSolo texto
- Artículo 64Los Secretarios generalesSolo texto
- Artículo 65Los Secretarios generales técnicosSolo texto
- Artículo 66Los Directores generalesSolo texto
- Artículo 67Los Subdirectores generalesSolo texto
- Artículo 68Reglas generales sobre los servicios comunes de los MinisteriosSolo texto
- Artículo 69Las Delegaciones y las Subdelegaciones del GobiernoSolo texto
- Artículo 70Los Directores Insulares de la Administración General del EstadoSolo texto
- Artículo 71Los servicios territorialesSolo texto
- Artículo 72Los Delegados del Gobierno en las Comunidades AutónomasSolo texto
- Artículo 73Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades AutónomasSolo texto
- Artículo 74Los Subdelegados del Gobierno en las provinciasSolo texto
- Artículo 75Competencias de los Subdelegados del Gobierno en las provinciasSolo texto
- Artículo 76Estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del GobiernoSolo texto
- Artículo 77Asistencia jurídica y control económico financiero de las Delegaciones y Subdelegaciones del GobiernoSolo texto
- Artículo 78La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del EstadoSolo texto
- Artículo 79Los órganos colegiados de asistencia al Delegado y al Subdelegado del GobiernoSolo texto
- Artículo 80El Servicio Exterior del EstadoSolo texto
- Artículo 81Principios generales de actuaciónSolo texto
- Artículo 82El Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y LocalSolo texto
- Artículo 83Inscripción en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y LocalSolo texto
- Artículo 84Composición y clasificación del sector público institucional estatalSolo texto
- Artículo 84 bisPresencia equilibrada entre mujeres y hombres en las entidades del sector público institucional estatalSolo texto
- Artículo 85Control de eficacia y supervisión continuaSolo texto
- Artículo 86Medio propio y servicio técnicoSolo texto
- Artículo 87Transformaciones de las entidades integrantes del sector público institucional estatalSolo texto
- Artículo 88Definición y actividades propiasSolo texto
- Artículo 89Personalidad jurídica y potestadesSolo texto
- Artículo 90Estructura organizativa en el sector público estatalSolo texto
- Artículo 91Creación de organismos públicos estatalesSolo texto
- Artículo 92Contenido y efectos del plan de actuaciónSolo texto
- Artículo 93Contenido de los estatutosSolo texto
- Artículo 94Fusión de organismos públicos estatalesSolo texto
- Artículo 95Gestión compartida de servicios comunesSolo texto
- Artículo 96Disolución de organismos públicos estatalesSolo texto
- Artículo 97Liquidación y extinción de organismos públicos estatalesSolo texto
- Artículo 98DefiniciónSolo texto
- Artículo 99Régimen jurídicoSolo texto
- Artículo 100Régimen jurídico del personal y de contrataciónSolo texto
- Artículo 101Régimen económico-financiero y patrimonialSolo texto
- Artículo 102Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financieroSolo texto
- Artículo 103DefiniciónSolo texto
- Artículo 104Régimen jurídicoSolo texto
- Artículo 105Ejercicio de potestades administrativasSolo texto
- Artículo 106Régimen jurídico del personal y de contrataciónSolo texto
- Artículo 107Régimen económico-financiero y patrimonialSolo texto
- Artículo 108Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financieroSolo texto
- Artículo 108 bisDefiniciónSolo texto
- Artículo 108 terRégimen jurídicoSolo texto
- Artículo 108 quaterRégimen jurídico de personalSolo texto
- Artículo 108 quinquiesRégimen económico financiero y contrataciónSolo texto
- Artículo 108 sexiesRégimen presupuestario, de contabilidad y control económico financieroBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Artículo 109DefiniciónSolo texto
- Artículo 110Régimen jurídicoSolo texto
- Artículo 111DefiniciónSolo texto
- Artículo 112Principios rectoresSolo texto
- Artículo 113Régimen jurídicoSolo texto
- Artículo 114Creación y extinciónSolo texto
- Artículo 115Régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales designados por la Administración General del EstadoSolo texto
- Artículo 116TutelaSolo texto
- Artículo 117Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y de personalSolo texto
- Artículo 118Definición y actividades propiasSolo texto
- Artículo 119Régimen jurídicoSolo texto
- Artículo 120Régimen de adscripciónSolo texto
- Artículo 121Régimen de personalSolo texto
- Artículo 122Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonialSolo texto
- Artículo 123CreaciónSolo texto
- Artículo 124Contenido de los estatutosSolo texto
- Artículo 125Causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de un consorcioSolo texto
- Artículo 126Efectos del ejercicio del derecho de separación de un consorcioSolo texto
- Artículo 127Disolución del consorcioSolo texto
- Artículo 128Definición y actividades propiasSolo texto
- Artículo 129Régimen de adscripción de las fundacionesSolo texto
- Artículo 130Régimen jurídicoSolo texto
- Artículo 131Régimen de contrataciónSolo texto
- Artículo 132Régimen presupuestario, de contabilidad, de control económico-financiero y de personalSolo texto
- Artículo 133Creación de fundaciones del sector público estatalSolo texto
- Artículo 134ProtectoradoSolo texto
- Artículo 135Estructura organizativaSolo texto
- Artículo 136Fusión, disolución, liquidación y extinciónSolo texto
- Artículo 137Creación y extinciónSolo texto
- Artículo 138Régimen jurídicoSolo texto
- Artículo 139Régimen presupuestario, de contabilidad y de control económico-financieroSolo texto
- Artículo 140Principios de las relaciones interadministrativasSolo texto
- Artículo 141Deber de colaboración entre las Administraciones PúblicasSolo texto
- Artículo 142Técnicas de colaboraciónSolo texto
- Artículo 143Cooperación entre Administraciones PúblicasSolo texto
- Artículo 144Técnicas de CooperaciónSolo texto
- Artículo 145Órganos de cooperaciónSolo texto
- Artículo 146Conferencia de PresidentesSolo texto
- Artículo 147Conferencias SectorialesSolo texto
- Artículo 148Funciones de las Conferencias SectorialesSolo texto
- Artículo 149Convocatoria de las reuniones de las Conferencias SectorialesSolo texto
- Artículo 150Secretaría de las Conferencias SectorialesSolo texto
- Artículo 151Clases de decisiones de la Conferencia SectorialSolo texto
- Artículo 152Comisiones Sectoriales y Grupos de trabajoSolo texto
- Artículo 153Comisiones Bilaterales de CooperaciónSolo texto
- Artículo 154Comisiones Territoriales de CoordinaciónSolo texto
- Artículo 155Transmisiones de datos entre Administraciones PúblicasSolo texto
- Artículo 156Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de SeguridadSolo texto
- Artículo 157Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la AdministraciónSolo texto
- Artículo 158Transferencia de tecnología entre AdministracionesSolo texto
- Disposición adicional primeraAdministración de los Territorios Históricos del País VascoBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional segundaDelegados del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y MelillaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional terceraRelaciones con las ciudades de Ceuta y MelillaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional cuartaAdaptación de entidades y organismos públicos existentes en el ámbito estatalBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional quintaGestión compartida de servicios comunes de los organismos públicos estatales existentesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional sextaTransformación de los medios propios estatales existentesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional séptimaRegistro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de CooperaciónBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional octavaAdaptación de los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública e inscripción de organismos y entidades en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y LocalBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional novenaComisión Sectorial de administración electrónicaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional décimaAportaciones a los consorciosBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional undécimaConflictos de atribuciones intraministerialesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional duodécimaRégimen Jurídico de las Autoridades Portuarias y Puertos del EstadoBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional decimoterceraRégimen jurídico de las Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad SocialBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional decimocuartaLa organización militar y las Delegaciones de DefensaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional decimoquintaPersonal militar de las Fuerzas Armadas y del Centro Nacional de InteligenciaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional decimosextaServicios territoriales integrados en las Delegaciones del GobiernoBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional decimoséptimaRégimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración TributariaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional decimoctavaRégimen jurídico del Centro Nacional de InteligenciaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional decimonovenaRégimen jurídico del Banco de EspañaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigésimaRégimen jurídico del Fondo de Reestructuración Ordenada BancariaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimoprimeraÓrganos Colegiados de GobiernoBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimosegundaActuación administrativa de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos legislativos y de control autonómicosBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimoterceraRégimen jurídico aplicable a la entidad pública empresarial Sociedad de Salvamento y Seguridad MarítimaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimocuartaRégimen jurídico aplicable a la entidad pública empresarial Centro para el Desarrollo Tecnológico e IndustrialBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimoquintaRégimen jurídico aplicable a los administradores generales de infraestructuras ferroviariasBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimosextaRégimen jurídico aplicable a SEPES, Entidad Pública Empresarial del SueloBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimoséptimaRégimen jurídico aplicable a la Entidad Pública Empresarial Red.esBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimoctavaRégimen jurídico aplicable a la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificación y Ahorro de la EnergíaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional vigesimonovenaRégimen jurídico aplicable a la Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e InversionesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición adicional trigésimaPlataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones PúblicasBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición transitoria primeraComposición y clasificación del sector público institucionalBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición transitoria segundaEntidades y organismos públicos existentesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición transitoria terceraProcedimientos de elaboración de normas en la Administración General del EstadoBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición transitoria cuartaRégimen transitorio de las modificaciones introducidas en la disposición final novenaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición derogatoria únicaDerogación normativaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final primeraModificación de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio NacionalBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final segundaModificación del Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financieraBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final terceraModificación de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del GobiernoBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final cuartaModificación de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de FundacionesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final quintaModificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, ConcursalBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final sextaModificación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones PúblicasBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final séptimaModificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final octavaModificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General PresupuestariaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final novenaModificación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembreBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final décimaModificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013BOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final undécimaModificación de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradorasBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final duodécimaRestitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticasBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final decimoterceraReferencias normativasBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final decimocuartaTítulo competencialBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final decimoquintaDesarrollo normativo de la LeyBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final decimosextaPrecedencias en actos oficialesBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final decimoséptimaAdaptación normativaBOE (se abre en una pestaña nueva)
- Disposición final decimoctavaEntrada en vigorBOE (se abre en una pestaña nueva)
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el BOE; el comentario jurídico se revisa antes de indexarse. No sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.